EASA propone bajar de 250 a 100 gramos la frontera de varias obligaciones. Hoy no ha cambiado nada, pero va en serio
¿Tienes un dron de menos de 250 gramos y pensabas que con eso ya estabas tranquilo? El 18 de septiembre de 2026, EASA, la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea, publicó una propuesta para bajar esa frontera a 100 gramos: registro de operador, identificación a distancia y, lo que casi nadie está contando, el certificado A1/A3 obligatorio también en la subcategoría A1. Antes de que cunda el pánico: es una propuesta y todavía no está en vigor. En el vídeo te lo explico con el documento oficial delante, y aquí tienes el resumen.
🎓 ¿Vas a sacarte el A1/A3? Hoy es muy recomendable y mañana podría ser obligatorio. Lo preparas con mi curso de piloto de drones para los exámenes de AESA (A1/A3, A2 y STS): lecciones cortas con drones reales, más de 1200 preguntas y el trámite oficial paso a paso. Y si la normativa cambia, lo corrijo dentro del curso y te aviso.
Esto es normativa europea: afecta a los que vivís en España o en cualquier país de la Unión Europea. Desde Hispanoamérica manda la norma de tu país, pero lo que hace Europa suele marcar tendencia.
Una «Opinion» de EASA no es una ley
Lo que ha publicado EASA se llama Opinion, una opinión técnica. Es como el presupuesto de una reforma: el arquitecto lo presenta, pero hasta que el dueño no lo firma no se pone ni un ladrillo. Aquí el arquitecto es EASA y el dueño, la Comisión Europea, que decidirá si lo aprueba tal cual, con cambios o no lo aprueba. Mientras tanto, manda la normativa de siempre.
¿De dónde sale? El 11 de febrero de 2026 la Comisión publicó un plan de acción sobre la seguridad de los drones en el que pedía, entre otras cosas, el registro desde 100 gramos y que un dron no pueda despegar sin el número de operador cargado. EASA lo ha convertido en una propuesta de texto legal. Y un detalle curioso que reconoce la propia EASA: la cifra de los 100 gramos no sale de un estudio de seguridad de vuelo, sino de lo que pidieron las autoridades que se ocupan de los usos maliciosos de los drones.
Registro de operador: lo que se pide hoy y lo que propone EASA
Hoy tienes que registrarte como operador si tu dron pesa 250 gramos o más, o si lleva una cámara capaz de captar datos personales, salvo que sea un juguete. Ojo, porque es un error muy extendido: un Mini de 249 gramos con cámara ya tiene que estar registrado hoy. No se libra por pesar menos de 250 gramos. (Te explicaba el trámite en este vídeo del registro de operador; es de 2023 y la pantalla puede haber cambiado.)
- Un solo criterio: 100 gramos de peso de despegue, con cámara o sin ella. En la categoría específica, como hasta ahora, siempre registro.
- Verificación de identidad: cada país tendría que comprobar quién eres antes de registrarte. En España, la sede electrónica de AESA ya te pide certificado digital o DNI electrónico, así que aquí se notaría poco.
Estas dos se aplicarían nada más entrar en vigor, sin periodo de adaptación.
El certificado A1/A3, obligatorio en A1 desde 100 gramos
Para mí es lo más importante del documento. Hoy, si vuelas en la subcategoría A1, el curso y el examen online, lo que conoces como certificado A1/A3, solo son obligatorios si tu dron es de clase C1. Con un C0 o con un dron de menos de 250 gramos sin etiqueta de clase es recomendable, pero no obligatorio.
En el borrador esa frase cambia: ya no dice «si es de clase C1», sino «salvo que el dron pese menos de 100 gramos». O sea, con 100 gramos o más, el certificado pasaría a ser obligatorio también en A1. El examen sería el mismo que conoces: 40 preguntas y al menos un 75 % de aciertos. Y no sería inmediato: se aplicaría 12 meses después de la entrada en vigor.
Identificación a distancia y drones que no despegan sin tu número
La identificación a distancia (en inglés, Remote ID) es como una matrícula que el dron emite por radio durante todo el vuelo y que se puede recibir con un móvil cercano: tu número de operador, el número de serie del dron, su posición y altura, el rumbo, la velocidad y tu posición o la del punto de despegue. Hoy es obligatoria en los C1, C2 y C3. La propuesta es que la lleve activa cualquier dron de 100 gramos o más, con tu número de operador cargado.
Y la parte que más va a dar que hablar: los drones nuevos tendrían que traer de fábrica una función que les impida despegar si el número de operador cargado no pasa la comprobación. Como el coche que no arranca sin la llave. EASA lo justifica porque la obligación de registrarse no siempre se cumple.
¿Y el dron que ya tengo?
- Los drones que ya estén a la venta antes de que pasen 12 meses desde la entrada en vigor no tendrían que incorporar el bloqueo del despegue: obligaría a modificarlos a fondo.
- Los de 900 gramos o menos tampoco tendrían que ponerse un módulo de identificación añadido; en drones tan ligeros no es viable.
- Los de más de 900 gramos que no la lleven tendrían que montar ese módulo en un plazo de 48 meses.
Esto es lo que explica EASA, pero el texto del reglamento todavía es un borrador y en algún punto no casa del todo con la explicación, así que tómalo con pinzas hasta que salga el definitivo. El matiz importante: no cambiaría tu dron, cambiarían tus obligaciones. Registro desde 100 gramos, si no lo tenías ya por la cámara, y el certificado si vuelas en A1.
Una curiosidad que tiene su gracia: hoy un dron de 90 gramos con cámara que no sea un juguete obliga a registrarse; con la propuesta, por debajo de 100 gramos ya no haría falta. Para los más pequeños la norma sería más suave que ahora. EASA lo reconoce como un inconveniente y lo explica: sin identificación a distancia por debajo de 100 gramos, el registro tendría poco efecto práctico.
¿Cuándo llegaría? El calendario si se aprueba
La respuesta honesta es que todavía no hay fecha. Primero la Comisión tiene que decidir y publicarlo en el Diario Oficial de la Unión Europea. A partir de ahí:
- A los 20 días, entrada en vigor: registro desde 100 gramos y verificación de identidad.
- A los 12 meses: identificación a distancia y certificado A1/A3 desde 100 gramos, y el bloqueo del despegue en los drones nuevos.
- A los 48 meses: el módulo de identificación para los de más de 900 gramos que ya estén vendidos.
Qué te recomiendo hoy
- Nada de vender el dron ni de hacer locuras. Hoy manda la normativa de siempre: si tu dron lleva cámara, registro de operador aunque pese menos de 250 gramos.
- Si todavía no tienes el certificado A1/A3, sácatelo. Hoy es recomendable y, si esto sale adelante, ya lo tendrás.
- Atento al canal. Reviso la normativa muy a menudo y, en cuanto salga el reglamento definitivo, te lo cuento con el texto delante.
Si quieres el mapa completo de lo que hay hoy en vigor, lo tienes en mi guía de normativa de drones en España 2026.
🎓 Prepárate antes de que sea obligatorio. En mi curso de piloto de drones te explico cada norma con drones reales, un Mini, un Air, un Mavic, para que sepas qué te toca a ti con el tuyo, y entrenas con tests al formato del examen real de AESA y un simulacro con cronómetro. En mi página de cursos tienes el resto, online y presenciales.
Fuentes oficiales
- EASA, Opinion No 06/2026 (18-09-2026), con sus dos borradores de reglamento. A 26-10-2026, la publicación oficial sigue «pendiente».
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, el que está en vigor hoy.

