
Si tienes un dron o estás pensando en comprarte uno, lo primero que te van a preguntar tus amigos es: «¿y eso se puede volar donde quieras?». No. Pero tampoco hace falta ser ingeniero aeronáutico para volar legal. En esta guía te cuento la normativa de drones que está en vigor hoy, ordenada de la forma más práctica que conozco: primero lo que necesitas según tu dron y después, una a una, todas las reglas que de verdad importan.
Un apunte antes de empezar: lo que vas a leer es normativa europea (vale en toda la Unión Europea) más lo que añade España a través de AESA, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Si me lees desde Hispanoamérica, las reglas de tu país son distintas y tienes que consultarlas con tu autoridad aeronáutica, aunque muchos conceptos de esta guía te van a servir igual.
¿Quieres sacarte los certificados de piloto de dron? He preparado un curso online que te lleva paso a paso por los exámenes de AESA: A1/A3, A2 y STS, con la normativa explicada con drones reales, tests con el formato del examen y los trámites de la sede electrónica. Échale un vistazo al curso de piloto de drones.
Lo que necesitas según tu dron (resumen rápido)
Si tienes prisa, quédate con esta tabla. Localiza tu dron y tendrás las tres respuestas que importan: dónde puedes volar, qué formación te exigen y si tienes que registrarte.
| Tu dron | Dónde vuelas | Formación | Registro de operador |
|---|---|---|---|
| C0 o sin etiqueta de menos de 250 g (Mini 4 Pro, Mini 5 Pro con batería estándar, Neo, Flip…) | A1 | No obligatoria (muy recomendable) | Sí, si lleva cámara |
| C1 (Air 3, Air 3S, Avata 2…) | A1, sin sobrevolar a nadie a propósito | Curso y examen online A1/A3 | Sí |
| C2 (Mavic 4 Pro, Mavic 3 Pro…) | A2 con certificado A2 (sin él, solo A3) | A1/A3 + autopráctica + examen A2 | Sí |
| Sin etiqueta de 250 g o más, y C3 (Air 2S sin etiqueta, Mavic Air 2, Mavic 2, Inspire 3…) | Solo A3 | Curso y examen online A1/A3 | Sí |

Y tres ideas que desmontan los mitos más repetidos: la etiqueta de clase manda más que el peso, el registro va también por la cámara y no solo por el peso, y «con un dron de menos de 250 gramos no necesito nada» es falso. Ahora vamos por partes.
Las tres categorías: abierta, específica y certificada
La norma que ordena cómo se vuela un dron en toda Europa es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, y clasifica los vuelos por el riesgo de la operación: no por el tamaño del dron, ni por la marca, ni por si cobras por el vuelo. A más riesgo, más requisitos:
- Categoría abierta (riesgo bajo). No necesitas pedir autorización ni presentar ninguna declaración. Te formas, cumples las condiciones y vuelas. Aquí vive la inmensa mayoría de los pilotos: aficionados y buena parte del audiovisual profesional.
- Categoría específica (riesgo medio). Operaciones que se salen de la abierta: volar sin ver el dron, rodar en ciudad con drones grandes, inspecciones sin ver el dron… Hace falta una autorización de AESA o una declaración en un escenario estándar (los famosos STS).
- Categoría certificada (riesgo alto). Casi como la aviación tripulada: transportar personas, mercancías peligrosas con riesgo elevado para terceros o sobrevolar concentraciones de personas con drones de 3 metros o más. Si te dedicas a la fotografía y el vídeo, lo normal es que nunca operes aquí: hasta grabar sobre una multitud con un dron de menos de 3 metros va por la categoría específica, con autorización de AESA, salvo que su estudio de riesgo diga lo contrario.

Piénsalo como si fuera el tráfico por carretera. La abierta es tu coche con el carné normal: no pides permiso para cada viaje, pero cumples las mismas normas que todo el mundo. La específica es el transporte especial: ese trayecto concreto necesita autorización, o basta con declararlo si coincide con un trayecto tipo que ya está estudiado. Y la certificada es la aviación comercial: se certifican el aparato, la empresa y, cuando procede, el piloto, porque el riesgo es el más alto.
La idea que lo cambia todo: la categoría no es del dron, es de cada vuelo. El mismo dron puede estar el sábado en abierta grabando un paisaje y el lunes en específica en una inspección sin verlo. Y basta con que falle una sola condición de la abierta para que el vuelo entero pase a la específica.
Las reglas de la categoría abierta que valen para todos
Da igual que vueles un Neo o un Mavic: en la categoría abierta estas condiciones se cumplen siempre.
- Siempre con el dron a la vista (lo que la norma llama VLOS). Hay dos excepciones: en A1, el modo sígueme, que te deja perderlo de vista solo dentro de un radio de 50 metros alrededor de ti; y el vuelo con gafas FPV, que solo es legal si tienes un observador a tu lado que mantiene el dron a la vista. Volar solo con las gafas puestas no es legal en abierta.
- Máximo 120 metros de altura, medidos desde el punto más próximo de la superficie. La excepción que te puede afectar es esta: si vuelas a menos de 50 metros en horizontal de un obstáculo artificial de más de 105 metros, puedes subir hasta 15 metros por encima de él cuando te lo pida su responsable. Hay otra para planeadores sin motor de menos de 10 kilos, que no va con tu dron.
- Nunca sobre concentraciones de personas: un concierto, una procesión, la grada de un campo. Da igual lo que pese tu dron.
- Ni mercancías peligrosas ni soltar objetos desde el dron.
- Si aparece una aeronave tripulada (un helicóptero, una avioneta), te apartas y bajas, o aterrizas.
- Nada de volar cerca de una emergencia en curso (un incendio, un rescate, un accidente) salvo permiso de los servicios que la atienden.
- Drones de menos de 25 kilos, con etiqueta de clase, de los anteriores a las etiquetas o construidos por ti.
Subcategorías A1, A2 y A3: lo cerca que puedes volar de la gente
Dentro de la categoría abierta hay tres subcategorías que gradúan la distancia a las personas según el dron que lleves.
A1: volar cerca de personas
Es la subcategoría de los drones ligeros. Con un C0 o un dron sin etiqueta de menos de 250 gramos puedes llegar a pasar por encima de personas que no participan en el vuelo, aunque lo correcto es evitarlo siempre que se pueda. Con un C1 puedes estar cerca de la gente, pero no sobrevolarla a propósito, y además necesitas la formación A1/A3 y llevar activas la identificación a distancia y la geoconsciencia del dron.
A2: cerca de personas, con distancias
Solo para drones C2 (menos de 4 kilos) y con el certificado A2. La distancia base es de 30 metros en horizontal a las personas ajenas al vuelo. Si activas el modo de baja velocidad del dron puedes acercarte hasta un mínimo de 5 metros, siempre que la distancia sea al menos igual a la altura a la que vuelas (la regla 1:1). Y sin modo lento, por encima de 30 metros de altura, la distancia tiene que ser igual a la altura.
A3: lejos de todo
Es la subcategoría de los drones más pesados y de los antiguos sin etiqueta de 250 gramos o más, siempre por debajo de 25 kilos. Tiene dos condiciones que no conviene mezclar: no poner en peligro a ninguna persona ajena al vuelo y mantenerte a 150 metros en horizontal de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas. Y en España, en A3 el vuelo en entorno urbano está directamente prohibido.
¿Puedo volar mi dron en el pueblo o en la ciudad?
Es la pregunta que más me hacéis. Para los que vivís en España, la respuesta depende del dron:
| Dron | Subcategoría | ¿Entorno urbano? | Distancia a edificios |
|---|---|---|---|
| C0, C1 o sin etiqueta de menos de 250 g | A1 | Sí | Sin distancia mínima |
| C1 de 250 g o más | A1 | Sí | 5 metros |
| C2 (con certificado A2) | A2 | Sí | 30 metros (5 con el modo lento) |
| C3, C4 o sin etiqueta de 250 g o más | A3 | No | 150 m a zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas |
Dos avisos importantes. El primero: sobrevolar casas, patios y cualquier domicilio sin permiso del propietario está prohibido para todos, también con un dron de 249 gramos. El segundo, y el gran olvidado: si estás obligado a registrarte como operador (casi todo el mundo) y vas a volar en entorno urbano, tienes que comunicarlo al Ministerio del Interior con al menos 5 días naturales de antelación. No es un permiso, es un aviso, aunque las autoridades pueden limitar o prohibir el vuelo si ven un riesgo grave. Se presenta en la sede electrónica del Ministerio del Interior, y en este artículo te enseño FlyForm, una extensión gratuita que rellena ese formulario en segundos.
Ojo también con lo que cuenta como «entorno urbano»: además de los pueblos y ciudades, entran los parques y jardines municipales y las playas con acceso público e instalaciones de ocio. Una cala virgen sin nada montado, no.
La etiqueta de clase manda más que el peso
Desde 2024, la pregunta clave no es «¿cuánto pesa mi dron?», sino ¿qué etiqueta de clase lleva? Es la pegatina con una C y un número que viene en el propio dron y en la caja.

- C0: menos de 250 gramos.
- C1: menos de 900 gramos o menos de 80 julios de energía en un impacto. Lleva identificación a distancia (una especie de matrícula por radio) y geoconsciencia.
- C2: menos de 4 kilos, con modo de baja velocidad.
- C3 y C4: menos de 25 kilos.
- C5 y C6: los drones de los escenarios estándar STS de la categoría específica.
¿Y los drones que no llevan etiqueta porque son anteriores al sistema? Son los que en el sector llamamos legacy. Si pesan menos de 250 gramos, vuelan en A1 como los pequeños. Si pesan 250 gramos o más, desde el 1 de enero de 2024 solo pueden volar en A3. Por eso un Air 2S sin etiqueta, de 595 gramos, tiene hoy más restricciones que un Air 3 de 720 gramos con etiqueta C1. Lógica de etiqueta, no de báscula.
Y una trampa con las baterías: algunos modelos se venden en dos versiones. El Mini 5 Pro con la batería estándar es C0; con la batería Plus supera los 250 gramos y DJI lo vende como C1 en su pack. Si le pones la Plus a tu unidad C0, no se convierte en C1: se queda fuera de etiqueta y, con ella puesta, ya no puede volar en la categoría abierta (ni siquiera en A3, porque no es un dron antiguo sin etiqueta).
El registro de operador en AESA: sí, también con un Mini
Este es el error número uno que llevo años viendo en los comentarios del canal. El registro de operador no depende solo del peso. Según el artículo 14 del Reglamento 2019/947, en categoría abierta te tienes que registrar si tu dron cumple cualquiera de estas condiciones:
- Pesa 250 gramos o más, o puede transmitir más de 80 julios en un impacto.
- Lleva un sensor capaz de captar datos personales (una cámara o un micrófono) y no es un juguete.
Tu Mini de 249 gramos se libra de la primera condición, pero entra por la segunda: lleva cámara. La propia AESA lo dice en su nota sobre drones de menos de 250 gramos. Hasta un DJI Neo de 135 gramos obliga a registrarse.
Lo que tienes que saber del registro:
- Se registra el operador, no el dron. Un alta, un número, y ese número vale para todos tus drones.
- Para los que vivís en España, se hace en la sede electrónica de AESA, sin coste a día de hoy, y la edad mínima es de 16 años.
- El número tiene dos partes separadas por un guion. Los 16 primeros caracteres van rotulados en el dron, legibles con el dron en tierra (vale un código QR y, si no cabe, dentro del hueco de la batería). Los 3 de detrás del guion son secretos: solo se cargan en la identificación a distancia del dron (o en la identificación electrónica, si una zona geográfica la exige) y no se enseñan jamás.
- Caduca sola a los 3 años si operas en abierta y no comunicas antes a AESA que sigues en activo. Ponte un recordatorio en el calendario.
Y si alguien te habla de «registrar el dron en el Ministerio del Interior», está usando material desfasado: el Tribunal Supremo anuló ese registro en su sentencia del 19 de junio de 2025. Hoy, si vuelas por afición, el único registro que te obliga es el de operadores de AESA.
Los certificados de piloto: A1/A3, A2 y STS
Para los que vivís en España, lo que mucha gente llama «licencia de dron» son, en realidad, certificados que expide AESA cuando apruebas sus exámenes. Hay tres niveles:
Certificado A1/A3: el examen desde casa
Curso y examen online y gratuitos en la sede de AESA. El examen tiene 40 preguntas en 40 minutos, con cuatro opciones y una sola correcta, y se aprueba con el 75 % (30 aciertos). Los fallos no restan, así que contesta todas. Tienes 2 intentos por matrícula. Es obligatorio para volar un C1 y para cualquier vuelo en A3, y con un C0 es recomendable. Cuando vueles, lleva encima la prueba de que lo has aprobado (en el móvil vale). Si vuelas en A1 con un C0, un dron sin etiqueta de menos de 250 gramos o uno de construcción propia de menos de 250 gramos y menos de 19 m/s, el reglamento no te obliga a llevarla.
Certificado A2: tres pasos en orden
Para volar un C2 cerca de personas. Son tres peldaños y el orden es obligatorio: primero el A1/A3, después una autopráctica que haces tú mismo en condiciones de A3 y declaras al matricularte, y por último un examen adicional de 30 preguntas en 30 minutos, también al 75 %, sobre meteorología, rendimiento del dron y reducción del riesgo en tierra. Ojo con la autopráctica: nadie te la comprueba, pero el reglamento la exige, y lo que firmas es que la has hecho.
STS: el salto profesional
Para operar en los escenarios estándar de la categoría específica. Tiene una parte teórica, con examen de AESA de 40 preguntas (o 30 si ya tienes el A2, porque no te vuelven a examinar de sus materias), y una parte práctica que imparte, evalúa y acredita una entidad reconocida o un operador declarado ante AESA. Comprueba que figura en el listado de AESA: si no, esa formación no vale.
Cuánto duran los certificados
Los certificados teóricos (A1/A3, A2 y STS) valen 5 años. Si tienes varios, manda el de mayor nivel: solo se revalida ese, y revalidar uno inferior te hace perder el superior. Si lo revalidas antes de que caduque (pídelo con margen, unos 3 meses antes), la prueba es online y gratuita y conservas tu número de piloto. Si se te pasa la fecha, toca empezar de cero. Te lo explico paso a paso en cómo revalidar tu certificado A1/A3, A2 y STS en la sede de AESA.
Un aviso: AESA no publica sus preguntas de examen. Cualquier web que te venda «las preguntas reales de AESA» te está vendiendo humo. Lo que sí se conoce es el formato y el temario, y con eso se prepara el examen.
Edad mínima para volar un dron
Para los que vivís en España, las edades vigentes son las del Real Decreto 517/2024. Cuidado con las tablas antiguas que circulan por internet:
- Operador (quien se registra): 16 años.
- Piloto en A1: 12 años con un C0 que no es juguete o un dron sin etiqueta de menos de 250 gramos, y 14 años con un C1. Con un dron de juguete o de construcción propia de menos de 250 gramos no hay edad mínima.
- Piloto en A2 y A3: 14 años.
- Por debajo de esas edades se puede volar bajo la supervisión directa de un piloto de 16 años o más con la formación adecuada.
¿Es obligatorio el seguro del dron?
En España depende de la subcategoría, no solo del dron. Con drones de menos de 20 kilos, el seguro de responsabilidad civil es obligatorio en A2, en la categoría específica y en la certificada. En A1 y A3 no es obligatorio. A partir de 20 kilos, siempre. Fíjate en el caso curioso: el mismo Mavic C2 no necesita seguro si vuela en A3, pero sí si vuela en A2.
Mi recomendación, aunque no te lo exijan: vuela siempre con seguro. Un accidente tonto cuesta mucho más que la póliza.
¿Dónde puedo volar? Zonas geográficas y ENAIRE Drones
Antes de cada vuelo en España tienes que mirar el mapa de zonas geográficas en el visor ENAIRE Drones (drones.enaire.es, en web y app). Configúralo con los datos reales de tu vuelo, porque el mapa y las alertas cambian según lo que le digas. Estas son las zonas que más problemas dan:

- Aeropuertos y aeródromos: alrededor de cada aeródromo o helipuerto hay una zona en la que no puedes volar sin coordinarte antes con su gestor y, si lo hay, con el proveedor de servicios de tránsito aéreo. En un aeródromo de uso público, volando hasta 45 metros, esa zona mide 6 kilómetros desde cada cabecera y 5 a cada lado. Fuera de esas zonas, pero dentro de espacio aéreo controlado (o de una zona de información de vuelo), no necesitas coordinarte con el control ni presentar plan de vuelo si llevas el dron a la vista y no pasas de 60 metros; si necesitas más, toca coordinarse con el proveedor de servicios de tránsito aéreo. Ojo: eso solo te libra de esta zona; si además estás en otra, como un entorno urbano, esa sigue pidiendo lo suyo.
- Espacios naturales protegidos: la coordinación es con el gestor del espacio protegido, no con AESA ni con ENAIRE. En este artículo te cuento cómo pedir el permiso para volar en una zona ZEPA.
- Carreteras, vías de tren y otras infraestructuras: alrededor de carreteras y vías férreas hay una franja protegida de 25 metros a cada lado y hasta 50 metros por encima de su punto más alto, en la que no se entra sin permiso expreso del titular. Y cuidado, porque en las carreteras el visor no te dibuja esa franja.
Privacidad: grabar sin meterte en líos
Tu cámara capta datos personales, así que también se aplica el Reglamento General de Protección de Datos. La regla práctica: en un lugar público, las personas pueden aparecer en tu plano de forma breve e inadvertida, pero no pueden ser el objetivo. Nada de hacer zoom a alguien ni de seguir a una persona, y nunca grabes a nadie en su vida privada (su jardín, su terraza) sin su permiso expreso. Sé el fotógrafo de bodas, no el paparazzi.
Categoría específica y STS: cuando la abierta se queda corta
Si tu vuelo no cabe en la abierta, tienes que ir a la categoría específica. Hay tres vías principales: la autorización operacional de AESA, en la que se estudia tu operación concreta; la declaración en un escenario estándar, cuando tu vuelo encaja en uno ya estudiado; y el certificado LUC, para operadores grandes.
Los escenarios estándar vigentes son los europeos:
- STS-01: dron a la vista, sobre una zona terrestre controlada en entorno poblado, con un dron C5.
- STS-02: fuera de la vista del piloto, sobre una zona terrestre controlada en entorno escasamente poblado, con un dron C6.
Un cambio importante para los que vivís en España: los antiguos escenarios nacionales STS-ES agotaron sus efectos el 31 de diciembre de 2025. Desde el 1 de enero de 2026, para la gran mayoría solo valen los europeos (los nacionales que siguen vivos, los STS-ES-NE, son solo para actividades de interés general, como policía, bomberos, búsqueda y salvamento o aduanas, hechas por un organismo con autoridad pública o por quien vuela en su nombre). Y recuerda que una declaración no es un permiso: AESA solo comprueba que está completa, y toda la responsabilidad de cumplir el escenario es tuya.
Multas: cuánto cuesta volar mal
Para los que vivís en España: desde el 20 de octubre de 2025, las infracciones con drones tienen su propio artículo en la Ley de Seguridad Aérea (el 45 ter de la Ley 21/2003). Todas nacen como leves y suben de gravedad si hay agravantes, como un incidente grave o un accidente de una aeronave tripulada, lesiones graves o muertes, o daños a partir de 5.000 euros por afectado. En la escala general, una leve va del apercibimiento a multas de 60 a 45.000 euros, y una muy grave puede llegar a 225.000 euros. Si la actividad es comercial, las cifras se disparan. Y quien responde es el operador.
Lo que viene: la propuesta de EASA de los 100 gramos
En septiembre de 2026, EASA ha propuesto a la Comisión Europea cambiar varias reglas: registro de operador para todo dron de 100 gramos o más, formación y examen A1/A3 obligatorios desde ese peso e identificación a distancia también desde los 100 gramos. Ojo: hoy es solo una propuesta y no está en vigor. Hasta que la Comisión la apruebe y se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea, mandan las reglas que te he contado en esta guía, y aun así la formación y la identificación a distancia desde los 100 gramos tendrían 12 meses de margen desde su entrada en vigor. Cuando cambie algo, actualizaré este artículo.
Si quieres saber qué ha cambiado en los últimos años, tienes también la charla con Manuel Martín Navarro sobre lo que de verdad ha cambiado en la normativa.
Preguntas frecuentes sobre la normativa de drones
¿Necesito licencia para volar un dron de menos de 250 gramos?
Para volar un C0 o un dron sin etiqueta de menos de 250 gramos en A1, el certificado A1/A3 no es obligatorio, aunque es muy recomendable y gratuito. Lo que sí es obligatorio, si el dron lleva cámara, es registrarte como operador en AESA.
¿A qué altura máxima puedo volar un dron?
En la categoría abierta, a 120 metros como máximo sobre el punto más próximo de la superficie. Además, las zonas geográficas pueden bajar ese techo en sitios concretos, así que mira siempre el visor de ENAIRE.
¿Puedo volar un dron en la playa?
Depende de la playa y del dron. Una playa con acceso público e instalaciones de ocio cuenta como entorno urbano: puedes volar con drones de A1 y A2 respetando sus distancias y, si estás obligado a registrarte (casi siempre), comunicándolo antes al Ministerio del Interior. Con un dron de A3 no puedes. Y nunca sobre concentraciones de personas, como una playa llena en verano.
¿Tengo que registrar el dron o registrarme yo?
Te registras tú, como operador. Es un único número que vale para todos tus drones y que tienes que rotular en cada uno de ellos.
¿Puedo volar con gafas FPV yo solo?
En la categoría abierta, no. Con las gafas puestas no ves el dron directamente, así que necesitas un observador a tu lado que lo mantenga siempre a la vista.
¿Cuánto cuesta sacarse el certificado de piloto de dron?
En España, el curso y el examen A1/A3 de AESA son gratuitos, y la inscripción a los exámenes A2 y STS también. La revalidación de los certificados antes de que caduquen, también. Prepararte puedes hacerlo por tu cuenta con el temario de AESA o con un curso que te lo dé todo ordenado.
Prepárate los exámenes de AESA conmigo
Si has llegado hasta aquí, ya sabes más normativa que la mayoría de pilotos que vuelan por ahí. Si quieres ir un paso más allá y aprobar los exámenes a la primera, tengo el curso de piloto de drones de Dron y Vídeo: tres etapas, una por examen (A1/A3, A2 y STS), con lecciones cortas que explican la normativa con drones reales, tests con el formato del examen, simulacros con cronómetro y los trámites de la sede de AESA paso a paso. Y como la normativa cambia, el curso se actualiza con ella.
Los certificados los expide AESA con sus exámenes; el curso te prepara para aprobarlos y para entender lo que firmas después.
Guía actualizada en septiembre de 2026 con la normativa vigente en España y la Unión Europea.
