ENAIRE ha cambiado el aviso de los espacios naturales y las zonas ZEPA. ¿Quiere decir que ya se puede volar? Ojo, porque no
Imagina que este fin de semana te vas con tu dron a un parque natural. Abres ENAIRE Drones, el mapa oficial para saber dónde puedes volar, marcas el sitio y te sale un aviso que dice «Datos NO AIP». ¿Puedes volar ahí o no? Ese aviso acaba de cambiar, y mucha gente lo está leyendo como si ahora valiera todo. En el vídeo te lo explico fácil y con el texto oficial delante; aquí tienes el resumen y los cuatro pasos para no jugártela.
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Esto va para los que vivís en España o venís a volar aquí. Desde Hispanoamérica mandan las normas de vuelo de tu país, pero la idea de fondo te sirve igual.
Espacio natural y zona ZEPA: qué es cada cosa
Un espacio natural protegido es, por ejemplo, un parque natural o una reserva natural: un sitio que se protege por su valor natural. Una zona ZEPA es una zona de especial protección para las aves: se protege por las aves que viven en ella. Cuando marcas en el mapa un punto dentro de uno de estos espacios, ENAIRE Drones te saca un aviso.
Qué ha cambiado en el aviso (y qué no)
A finales de septiembre el aviso venía a decir que consultaras con el gestor del espacio porque podía haber limitaciones. En el mapa actualizado a 1 de octubre de 2026:
- Se quita la frase de que puede haber limitaciones.
- Se añade que está prohibido molestar a propósito a los animales salvajes, con la ley en la mano.
- Lo del gestor cambia de tono: ahora es «para más información», y debajo te dice quién es y cómo contactar (un enlace, un correo o un teléfono).
El cambio está en todas las zonas de este tipo en España, más de 3000. Y lo importante: no ha cambiado ninguna ley. Estas zonas siguen siendo las mismas, informativas y con su «Datos NO AIP», que ya estaba. Solo ha cambiado el texto del aviso.
Qué significa «Datos NO AIP»
El AIP es el documento oficial donde se publica la información para la navegación aérea en España, por ejemplo las zonas prohibidas y las restringidas. Lo publica ENAIRE; para que me entiendas, es el boletín oficial del cielo. Y las normas del aire dicen que las limitaciones de estas zonas solo cuentan cuando están publicadas en esa información aeronáutica oficial. Las zonas de espacios naturales y de ZEPA del mapa no están en ese boletín: por eso pone «Datos NO AIP», y el propio aviso lo dice claro, no es ni una prohibición ni un permiso para volar desde el punto de vista de la aviación.
Piensa en la carretera: el cartel marrón de parque natural te informa de que entras en un parque, pero no es una señal de prohibido el paso. ¿Quiere decir que dentro puedes hacer lo que te dé la gana? No: no puedes tirar basura ni ir molestando a los animales. Con el dron, igual: que el mapa no te lo prohíba no quiere decir que ahí valga todo. Por dos motivos.
Motivo 1: a los animales no se les molesta
La ley que protege la naturaleza dice que está prohibido matar, dañar, molestar o inquietar a propósito a los animales salvajes. No es una norma de aviación: vale en cualquier sitio, lo pinte el mapa o no. Ojo a las palabras exactas: la ley no dice que volar un dron por sí solo ya sea molestar a los animales, pero tampoco dice lo contrario. Mi recomendación: si ves que los animales reaccionan al dron, aléjalo o aterriza. Ningún plano vale más que eso, y cerca de nidos o en época de cría, con más motivo.
Motivo 2: ¿quién puede prohibir volar?
Prohibir el vuelo en un espacio natural le corresponde al Gobierno de España, a propuesta de las autoridades de medio ambiente. Un caso muy cercano: en febrero de 2025 la Generalitat Valenciana sacó una resolución que no permitía volar drones a los particulares en sus espacios naturales protegidos, y en abril la revocó ella misma, tras un requerimiento del Gobierno, reconociendo que eso le correspondía al Estado.
AESA dice: coordina antes con el gestor
Y aquí te lo cuento con total sinceridad. AESA, en su guía oficial, dice que en estas zonas hay que coordinar el vuelo antes con el gestor del espacio protegido, que muchas veces es el departamento de medio ambiente de la comunidad autónoma. ENAIRE te dice que, para la aviación, esto no es una prohibición; AESA, que lo coordines antes. No he encontrado ningún documento oficial que explique cómo encajan las dos cosas, y no me voy a inventar la respuesta.
Mi consejo es muy sencillo: antes de volar en un espacio natural o en una ZEPA, escribe al gestor. Lo pide AESA, te lo sugiere el propio aviso de ENAIRE y el gestor es quien conoce el sitio: si hay nidos, especies delicadas o época de celo. Suele ser un correo, un formulario o una llamada, y te quitas la duda. Hace tiempo te enseñé cómo pedí permiso para volar en una ZEPA de Menorca; el trámite puede haber cambiado, así que míralo siempre en el contacto que te dé el visor.
Dos casos sin ninguna duda
- Parques nacionales: el dron, en la mochila. En España hay 16, y 15 de ellos sí están en el boletín oficial del cielo como zonas restringidas, con el sobrevuelo prohibido. Solo se salvan las aeronaves del Estado y los vuelos para cuidar del parque que autorice su gestor; no es pedir permiso y listo. La que falta es la Sierra de Guadarrama, que en el mapa sale solo como zona informativa: ahí, como mínimo, pregunta antes al gestor.
- ZEPA en el mar que gestiona el Estado (el Ministerio para la Transición Ecológica). El ministerio lo tiene escrito: si vuelas por diversión, no lo considera compatible con proteger a las aves. Si vuelas por trabajo, hasta 10 vuelos al año fuera de las zonas sensibles, avisando antes con una declaración responsable. Para más vuelos, una zona sensible o filmar fauna marina protegida, hacen falta más papeles: un informe o una autorización, según el caso. Ojo, esto es solo para las ZEPA marinas del Estado; las de tierra o las mixtas dependen de su propio gestor.
4 pasos antes de volar en un espacio natural
- Abre ENAIRE Drones, marca el sitio y lee la ventana de avisos entera. Los aeropuertos y el resto de zonas siguen mandando igual que siempre.
- Si es un parque nacional, el dron se queda en la mochila.
- Si es un espacio natural o una ZEPA, escribe antes al gestor: el contacto viene en el propio aviso.
- Siempre y en cualquier sitio, nada de molestar a los animales.
El resto de comprobaciones te las explico paso a paso en ¿dónde puedo volar mi dron?, y tienes el mapa completo de la normativa en mi guía de normativa de drones en España 2026. Resumiendo: ENAIRE ha cambiado el texto del aviso, pero no ha cambiado ninguna ley, y «Datos NO AIP» no quiere decir que se pueda volar sin más.
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Fuentes oficiales
- ENAIRE Drones, el mapa oficial (aviso de espacios naturales y ZEPA actualizado a 1 de octubre de 2026).
- Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE).
- Ministerio para la Transición Ecológica: drones en las ZEPA marinas.

